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Guía SES Hospedajes

Multas por no registrar viajeros: lo que dice la ley

Esto no pretende ser alarmista, sino informativo: desde el 2 de diciembre de 2024 registrar y comunicar a tus huéspedes ante SES Hospedajes es obligatorio, no opcional, y la normativa contempla sanciones concretas si no se cumple. Aquí tienes las fuentes oficiales, sin cifras inventadas.

La obligación: Real Decreto 933/2021

El Real Decreto 933/2021, de 26 de octubre, establece las obligaciones de registro documental e información de quienes ejercen actividades de hospedaje. Entró en vigor el 2 de enero de 2023, y su cumplimiento —incluida la comunicación a través de SES Hospedajes— es exigible desde el 2 de diciembre de 2024.

Fuente: BOE-A-2021-17461 — Real Decreto 933/2021, de 26 de octubre (boe.es) — boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-17461

El régimen sancionador: Ley Orgánica 4/2015

Las sanciones no vienen del propio RD 933/2021, sino de la Ley Orgánica 4/2015, de protección de la seguridad ciudadana, que clasifica los incumplimientos y fija sus cuantías:

Infracción leve — 100 a 600 €

Por irregularidades al cumplimentar los registros exigidos, incluidas comunicaciones fuera de plazo (art. 37.9 LO 4/2015).

Infracción grave — 601 a 30.000 €

Por carecer de los registros exigidos o por omitir por completo las comunicaciones obligatorias (art. 36.20 LO 4/2015).

Las cuantías están fijadas en el art. 39.1 de la misma ley. Cada caso se valora según sus circunstancias — esto no es asesoramiento legal, y las cifras exactas de un expediente concreto dependen de la autoridad instructora.

Fuente: BOE-A-2015-3442 — Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo (boe.es) — boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-3442

En Andalucía, un refuerzo autonómico

El Decreto 31/2024 de la Junta de Andalucía, además de exigir el código de inscripción en el Registro de Turismo (RTA) en toda la publicidad de una vivienda de uso turístico, incorpora la obligación de comunicación a SES en 24 horas a la normativa autonómica — lo que permite también a la inspección turística autonómica actuar ante un incumplimiento, no solo a la policía.

Fuente: Decreto 31/2024, de 29 de enero (BOJA) — juntadeandalucia.es/boja/2024/24/50

Cómo Checkinea te mantiene al día

El objetivo de Checkinea no es asustarte, sino quitarte esto de la cabeza:

  • Cada reserva se convierte en un check-in online para el huésped, sin que tengas que perseguir datos ni plazos manualmente.
  • El envío a SES Hospedajes es automático, con reintentos hasta que se acepta, dentro del plazo de 24 horas.
  • Guardas la confirmación de cada parte presentado — tu propia prueba de cumplimiento si alguna vez te la piden.
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Preguntas frecuentes

¿Desde cuándo es obligatorio cumplir con el RD 933/2021?

El Real Decreto entró en vigor el 2 de enero de 2023, pero la exigencia efectiva de la comunicación a través de SES Hospedajes se aplica desde el 2 de diciembre de 2024.

¿Las multas se están aplicando de verdad?

Sí — el Ministerio del Interior ha abierto expedientes sancionadores desde 2025, principalmente a empresas. La obligación es real y activa, no solo teórica.

¿La multa es siempre de hasta 30.000 €?

No necesariamente — depende de si la infracción se califica como leve (100–600 €) o grave (601–30.000 €), según las circunstancias del caso. La ley también prevé infracciones muy graves para otros supuestos de seguridad ciudadana, no específicamente para este incumplimiento.

¿Cómo evito una sanción sin dedicarle tiempo cada día?

Automatizando el check-in y el envío del parte, para que ninguna reserva se quede sin comunicar por olvido o por un mal momento para entrar a la sede electrónica. Es justo lo que hace Checkinea.